¿Cómo recurrir una multa de tráfico?

En el artículo anterior de nuestro blog hablamos sobre varios motivos por lo que puedes recibir una multa, pero, si creémos que ha sido injusta, ¿cómo podemos recurrir una multa? 
Recurrir una multa es un proceso algo complicado y tedioso, ya que lo que pretenden es que no se lleve a cabo. Pero si sigues los pasos que a continuación voy a explicar, podrás recurrir una sanción sin problemas.
Antes de nada tenemos que tener en cuenta que si pagamos la multa durante los 20 días posteriores a la misma tendremos un 50% de ahorro. Al recurrir, ya no tendremos disponible esta ventaja pudiendo ser rechazada nuestra petición y acabar pagando el 100% de la multa, así que ojo...
Alegar la multa no significa que te acepten la reclamación. Por ese motivo es conveniente que revises el motivo de la sanción antes de recurrir.

A continuación te explico cómo puedes recurrir una multa:


Primero tienes que presentar la alegación.

  • Tienes un plazo de 20 días naturales siguientes a la notificación para presentar tu alegación (en carretera, por correo postal, dirección electrónica), o a la publicación de la misma en el Tablón Edictal Único.
  • Se recomienda aportar pruebas y documentos, con la información que consideres necesaria para justificar los hechos por los que ha sido sancionado. Tráfico la analizará y resolverá si tienes razón o no.


¿Dónde la tengo que presentar?

  • Puedes hacerlo por Internet, a través de la Sede Electrónica de la DGT o en cualquier Registro Electrónico de la Administración Pública.
  • También por correo postal, envíe su escrito de alegaciones a la jefatura de Tráfico que esté tramitando el procedimiento.
  • Siempre puedes hacerlo presencialmente, pero con cita previa, en cualquiera de las oficinas de Tráfico.


¿Qué necesito?

  • Número de expediente del procedimiento.
  • Un escrito explicativo que incluya número de expediente, datos del interesado, motivo de la reclamación y firma del interesado. Si presentas la alegación por Internet, este escrito no es necesario.
Si la alegación no prospera: puedes presentar un recurso.
Una vez tengas la resolución de Tráfico, puedes interponer dos tipos de recursos ante la Administración: ordinario y extraordinario.
Además, si tus argumentos no se admiten por vía administrativa, puedes acudir a la vía judicial a través de un recurso contencioso-administrativo, para lo que necesitarías un abogado y/o procurador.

Como ves, es algo tedioso, pero si de verdad crees que se ha cometido una injusticia y no deseas pagar una multa que no se debería haber producido, esta es la única vía actualmente disponible para solucionar el problema.

Fuente: DGT.

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