Cómo reclamar una multa de tráfico: motivos y procedimiento paso a paso

Impugnar una multa de tráfico puede ahorrarte dinero y evitar sanciciones más graves. En este artículo encontrarás los motivos para recurrir una sanción, el procedimiento para recurrir multas y consejos prácticos para maximizar tus posibilidades de éxito. Sigue esta guía para presentar tus alegaciones, recurrir por recurso de reposición o llegar hasta el recurso contencioso-administrativo si fuera necesario.

I. Motivos para impugnar una multa de tráfico

1. Errores en los datos o defectos de forma

La invalidación de la multa es posible si existen defectos formales en la notificación. Comprueba que la matrícula, la fecha, la hora, los datos del agente denunciante o la identificación del conductor estén completos y correctos. Un simple fallo en cualquiera de estos datos puede anular la sanción.

2. Falta o insuficiencia de pruebas

En las multas por radar, la fotografía o el fotograma debe ser nítido y claramente legible. Si no se adjuntan imágenes o son de baja calidad, carecen de validez probatoria y puedes alegar la falta de pruebas para anular la denuncia.

3. Fallos en dispositivos o procedimiento técnico

Los radares y cinemómetros deben estar homologados, bien calibrados y en periodo de verificación. Además, la ley exige la presencia de un operador cualificado. Multas impuestas por dispositivos sin homologar, caducados o sin técnico pueden ser recurridas con éxito.

4. Error en la descripción de los hechos

Si la descripción de la infracción (ubicación, maniobra o circunstancias) no coincide con la realidad, puedes alegar un error de hecho. Detalla las diferencias y aporta planos, fotos o testimonios que sustenten tu versión de los hechos.

5. Prescripción o caducidad del procedimiento

– Las infracciones leves prescriben a los 3 meses; las graves, a los 6 meses; y las muy graves, a 1 año.
– El plazo de prescripción de la sanción es de 1 año desde que la resolución sancionadora adquiere firmeza.
Si la Administración no inicia el expediente o no te notifica correctamente en estos plazos, la multa caduca y es nula.

II. Procedimiento para recurrir una multa

1. Fase de alegaciones (vía voluntaria)

  • Plazo: 20 días naturales desde el día siguiente a la notificación.

  • Contenido: un escrito con número de expediente, datos personales, hechos, motivos de impugnación y pruebas (fotos, informes, testigos).

  • Canales: sede electrónica de la DGT (Cl@ve, certificado o DNIe), correo postal, fax, registro presencial o electrónico de la AGE.

  • Nota: si presentas alegaciones pierdes el descuento del 50 % por pronto pago; pero las alegaciones se valoran antes de la propuesta de resolución.

2. Recurso potestativo de reposición

  • Cuándo: dentro de 1 mes desde la notificación de la resolución del expediente sancionador.

  • Dónde: ante el mismo órgano que emitió la resolución (Jefatura Provincial de Tráfico o Delegación del Gobierno).

  • Plazo de resolución: 1 mes; si no responden, se entiende desestimado (silencio administrativo).

  • Efecto: agota la vía administrativa y abre la posibilidad del recurso contencioso-administrativo.

3. Recurso de alzada

  • Aplicable a sanciones impuestas por Subdelegados o Delegados del Gobierno.

  • Plazo: 1 mes desde la notificación.

  • Presentación: ante el Ministro del Interior (o delegado en la DGT).

  • Silencio administrativo: tras 3 meses se considera desestimado.

  • Posterior: permite llevar el caso a la jurisdicción contenciosa.

4. Recurso contencioso-administrativo

  • Cuándo: tras la resolución expresa o desestimación presunta del reposición o de alzada.

  • Plazo: 2 meses desde la notificación (Art. 46 Ley 29/1998).

  • Qué necesitas: abogado y procurador; se presenta ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente.

III. Consejos prácticos para recurrir multas de tráfico

  1. Actúa dentro de plazo: anota la fecha límite de cada fase en tu calendario.

  2. Reúne pruebas sólidas: fotografías, planos, informes técnicos o testimonios.

  3. Utiliza modelos oficiales: descarga el modelo de alegaciones en la web de la DGT o redacta un escrito claro y ordenado.

  4. Valora los costes: el descuento del 50 % desaparece si recurres en vía voluntaria; en la vía judicial, prevé honorarios de abogado y procurador.

  5. Asesórate si es necesario: un abogado especializado puede mejorar tus opciones en casos complejos o de cuantía elevada.

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